Un nuevo comienzo: la orden de protección por violencia de género

La orden de protección por violencia de género es una medida legal diseñada para salvaguardar la integridad de las víctimas y sus familias. En Mentor Abogados explicamos qué es, cómo solicitarla, las medidas que incluye y los pasos a seguir en caso de incumplimiento. Además, abordamos su duración y la posibilidad de renovación para asegurar una protección continua. Conoce cómo esta herramienta puede ser clave en la lucha contra la violencia de género.

Tabla de contenidos

La violencia machista es un flagelo que impacta profundamente en nuestra sociedad y que cada año afecta a miles de mujeres en España. Frente a este hecho, existe la orden de protección por violencia de género, que busca proteger a la víctimas para garantizar su bienestar tanto físico como emocional.

 

Desde Mentor Abogados, explicamos todos los detalles de esta medida que puede convertirse en una herramienta vital para tu seguridad.

 

¿Qué es una orden de protección por violencia de género?

Una orden de protección es una medida judicial de carácter urgente que tiene como objetivo garantizar la seguridad de las víctimas de violencia de género, así como la de sus hijos y personas a su cargo. Esta orden se dicta cuando existen indicios de que la víctima está en peligro y necesita protección inmediata frente a su agresor. Su principal finalidad es evitar que la situación de violencia se agrave y proporcionar un entorno seguro a la víctima mientras se resuelven los procedimientos judiciales correspondientes. Pero, ¿quién es el encargado de emitirlas? Esta tarea qeda a cargo de un juez a petición de la víctima, la policía, o el fiscal. 

 

¿Cuáles son los requisitos y cuál es el procedimiento para solicitar la orden?

Ahora bien, solicitar una orden de protección por violencia de género es un derecho que tienen las víctimas para protegerse a sí mismas y a sus hijos o personas dependientes. Este procedimiento está diseñado para ser rápido y accesible, a fin de brindar una respuesta urgente ante situaciones de riesgo:

¿Quiénes pueden solicitar la orden?

  • La propia víctima de violencia de género, ya sea mayor o menor de edad.
  • Los familiares de la víctima o personas cercanas que tengan conocimiento de la situación de riesgo.
  • El Ministerio Fiscal, que puede actuar en nombre de la víctima.
  • Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, quienes pueden solicitarla cuando detectan una situación de peligro.
  • Servicios sociales o de asistencia a las víctimas, que pueden elevar la solicitud cuando atienden casos de violencia de género.

Procedimiento 

Es importante considerar los siguientes pasos para poder presentar la solicitud correctamente:

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Denuncia

Este es el primer paso, que suele realizarlo la víctima, y puede presentarse en una comisaría de policía, Guardia Civil, juzgados de violencia de género, o en un centro de atención a víctimas. Cabe destacar que no es necesario contar con abogado en esta etapa inicial.

Solicitud en juzgado

Una vez interpuesta la denuncia, la solicitud de la orden de protección por violencia de género se presenta en el juzgado de guardia o en el juzgado especializado en violencia sobre la mujer. 

Intervención policial

La policía tiene la responsabilidad de informar a la víctima sobre sus derechos y las medidas de protección disponibles. Además, pueden acompañar a la víctima en el proceso y recabar las pruebas necesarias que respalden la solicitud.

Audiencia urgente

Por último, se celebra una audiencia urgente en el juzgado en la que se escuchan a la víctima y al agresor, si es posible, así como a testigos relevantes. La audiencia se realiza de forma rápida para valorar el riesgo y decidir sobre la protección.

Tiempo de respuesta de la justicia

El tiempo de resolución de la orden debe ser en un plazo máximo de 72 horas desde que se solicita, para garantizar la seguridad de la víctima sin demoras. No obstante, frente a casos graves, la orden puede dictarse de forma inmediata sin esperar a la audiencia, y posteriormente se confirma o modifica en una audiencia posterior.

Medidas que incluye una orden de protección por violencia de género

Si bien las medidas contempladas dentro de la orden buscan garantizar la seguridad física de la víctima, también son una manera de ofrecer apoyo social y emocional para brindar seguridad mientras se resuelven los procedimientos judiciales:

Alejamiento del agresor

El fin de esta medida es que el agresor se mantenga a una distancia mínima de la víctima, su domicilio, lugar de trabajo, o cualquier otro lugar que frecuente. Así, se evita el contacto directo y reduce el riesgo de nuevas agresiones.

Prohibición de comunicación

Para proteger a la víctima de posibles intimidaciones, amenazas o acoso, el agresor tiene prohibido comunicarse con la víctima por cualquier medio, ya sea en persona, por teléfono, mensajes, correos electrónicos, redes sociales o a través de terceros. 

Medidas de seguridad adicionales

 

En ocasiones pueden instalarse dispositivos de seguimiento, como pulseras electrónicas, para monitorear el cumplimiento del alejamiento, o vigilancia policial si se considera necesario.

 

Custodia de los hijos menores

 

El juez puede dictar medidas sobre la custodia de los hijos menores para modificar o suspender el régimen de visitas del agresor, para garantizar la seguridad de los niños y de la víctima.

 

Suspensión de la patria potestad

 

En casos graves, se puede suspender la patria potestad del agresor sobre los hijos, sobre todo cuando existe un riesgo para la integridad física o psicológica de los menores.

Pensión alimenticia

Existe la posibilidad de establecer medidas económicas, como la fijación de una pensión alimenticia para los hijos menores o para la víctima, si la situación lo requiere. El objetivo que persigue esta medida es buscar asegurar el sustento económico en situaciones donde la víctima pueda estar económicamente dependiente del agresor.

Alojamiento seguro

En muchos casos de violencia de género, la víctima no tiene un lugar seguro donde escapar de la violencia. Por eso, puede ser trasladada a un alojamiento especial, como casas de acogida o centros de emergencia, donde pueda recibir protección y asistencia mientras se estabiliza su situación.

Atención psicológica y apoyo social

Una víctima de violencia de género atraviesa momentos muy duros que necesita sobrellevar con la ayuda de un profesional de la psicología. En este sentido, se ofrece apoyo psicológico para ayudar a la víctima a superar el trauma y fortalecer su capacidad de recuperación. También se incluyen medidas de orientación y asistencia social, como apoyo en la búsqueda de empleo o ayuda para la reintegración social.

Acceso a servicios de asesoría jurídica

No todas las víctimas tienen los recursos económicos para acceder a asesoramiento jurídico. Ante esta situación, se le facilita el acceso a este tipo de asistencia de forma gratuita, para que pueda estar representada y asesorada en todo el proceso legal.

¿Cuánto dura una orden de protección?

Es importante destacar que las órdenes de protección son medidas temporales que se dictan con carácter urgente. La duración y la posibilidad de renovación de estas medidas dependen de la evolución de la situación de riesgo y del avance de los procedimientos judiciales. Veamos las claves:

Duración 

Las medidas de una orden de protección por violencia de género suelen dictarse por un período determinado, que puede variar según la gravedad del caso y la evaluación del riesgo. Aunque no existe un plazo fijo establecido por la ley, estas medidas suelen mantenerse mientras persista la situación de peligro para la víctima y hasta que se resuelvan los procedimientos judiciales correspondientes.

Renovación o modificación 

¿Puede solicitarse la renovación de las medidas? Sí, siempre y cuando la situación de riesgo persista. Esto puede solicitarse por parte de la víctima, su abogado, el Ministerio Fiscal o las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Luego, será tarea del juez evaluar nuevamente la situación y decidir si es necesario prorrogar las medidas de protección.

En cuanto a su modificación, puede hacerse en cualquier momento si se detectan cambios en la situación de riesgo. Por ejemplo, se pueden aumentar las restricciones sobre el agresor si se produce un incumplimiento o, por el contrario, suavizarlas si el riesgo ha disminuido considerablemente.

Supresión 

En casos donde el juez considere que ya no existe un riesgo importante, la orden de protección puede suprimirse o revocarse, siempre en base a un análisis detallado de la situación.

¿Qué hacer en caso de incumplimiento de la orden?

Lo primero y más relevante es que, si el agresor incumple cualquiera de las medidas dictadas en la orden de protección (como acercarse a la víctima o intentar comunicarse), se denuncie el incumplimiento inmediatamente a la policía o al juzgado. Para que sea efectiva, la denuncia debe incluir detalles precisos del incidente, como fechas, horas y lugares.

Ante el incumplimiento, el juez puede revisar y endurecer las medidas de protección para garantizar la seguridad de la víctima. Este punto puede incluir el aumento de la vigilancia policial o la imposición de sanciones más estrictas al agresor.

Pero, ¿qué sucede si el agresor incumple la protección? Esto se considera como un delito grave y puede conllevar penas de prisión, multas o nuevas medidas restrictivas. El objetivo de estas medidas es disuadir al agresor de cualquier intento de acercamiento y proteger a la víctima.

Protegiendo tu futuro

La orden de protección por violencia de género es una herramienta fundamental para salvaguardar la integridad física y emocional de las víctimas. Pero su eficacia depende de la rapidez con la que se actúe. Por eso, solicitarla se convierte en un acto de valentía que también contribuye a la lucha contra la violencia de género.

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